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PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE COVIARA
ARTICULO 1°: AMBITO DE APLICACION.
Las normas contenidas en el presente articulado,
constituyen el PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA
CONTRATACION DE BIENES
Y SERVICIOS DE COVIARA, (Construcción de Vivienda para la Armada) para
los contratos de compraventa, suministros, servicios, locaciones, alquileres con
opción a compra, permutas y concesiones de uso de los bienes dominio público y
privado de COVIARA.
ARTICULO 2°: PLAZOS.
Todos los plazos establecidos en el presente Pliego se computarán en días hábiles administrativos, salvo expresa disposición en contrario.
ARTICULO 3°: COMUNICACIONES.
Las comunicaciones que se realicen entre COVIARA y los interesados, oferentes o adjudicatarios, podrán llevarse a cabo personalmente, por correo electrónico, por fax, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, dirigida a la dirección de correo electrónico, número de fax o domicilio indicado por los interesados, oferentes o adjudicatarios en su presentación.
1Constituirá plena prueba de la notificación
realizada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre: la copia
certificada por el funcionario interviniente en la notificación, el reporte
emitido por el equipo utilizado o el aviso de retorno. La indicación del fax o
del domicilio de la Administración, efectuada en el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares a los fines de un procedimiento de selección, determina
que únicamente serán válidas las comunicaciones que los interesados, oferentes o
adjudicatarios realicen en ellos.
No obstante lo establecido precedentemente, en los casos que las actuaciones
requieran un acto administrativo formal, las comunicaciones que se cursen sólo
surtirán efecto a partir de la notificación al interesado por medio fehaciente.
ARTICULO 4°: VISTA DE LAS ACTUACIONES.
Toda persona que acredite algún interés, podrá en
cualquier momento tomar vista de las actuaciones referidas a una contratación,
desde la apertura de las ofertas hasta la finalización del contrato, exceptuando
la etapa de evaluación de las ofertas.Los originales de las ofertas serán
exhibidos a los oferentes por el término de CINCO (5) días, contados a partir de
la apertura. Los oferentes podrán solicitar copias a su costa.
La negativa a dar vista de las actuaciones se considerará falta grave del
funcionario o agente al que corresponda otorgarla. Los terceros deberán
acreditar su interés por cualquier medio de prueba. La toma de vista en ningún
caso dará derecho al particular a efectuar presentaciones en el expediente por
el que tramita la licitación, ni dará lugar a la suspensión de los trámites o a
demoras en el procedimiento de la contratación.
ARTICULO 5°: GARANTIAS.
I.- Clases
3ARTICULO 6°.- ACLARACIONES Y MODIFICACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.
Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse por escrito ante COVIARA o en el lugar que se indique en el citado pliego. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término. Deberán ser efectuadas hasta SETENTA Y DOS (72) horas antes de la fecha fijada para la apertura como mínimo, salvo que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares estableciera un plazo distinto. Si a criterio de COVIARA la consulta es pertinente y contribuye a una mejor comprensión e interpretación del Pliego en cuestión, deberá elaborar una circular aclaratoria, y comunicarla en forma fehaciente, con VEINTICUATRO (24) horas como mínimo de anticipación a la fecha de apertura, a todas las personas que hubiesen retirado el pliego o a las que lo hubiesen comprado en los casos en que corresponda y al que hubiere efectuado la consulta que origina la circular, asimismo deberá exhibirlas en la cartelera para conocimiento de todos los demás interesados e incluirlas como parte integrante del Pliego. COVIARA podrá de oficio realizar las aclaraciones que sean pertinentes, debiendo comunicarlas, siguiendo el procedimiento mencionado precedentemente e incluirlas en el Pliego correspondiente. En cuanto a las modificaciones del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, del mismo modo que las aclaraciones, podrán derivar de consultas de los interesados o efectuarse de oficio por COVIARA contratante, fijándose como límite para su procedencia, que no se altere el objeto de la contratación. Cuando por la índole de la consulta practicada por un interesado, resulte necesario pedir informes o realizar verificaciones técnicas que demanden un plazo superior a CUARENTA Y OCHO (48) horas contadas desde que se presentare la solicitud, COVIARA tiene la facultad para posponer de oficio la fecha de apertura. El cambio de fecha de la apertura de ofertas deberá ser comunicado a todos aquellos a quienes se les hubiese comunicado el llamado, publicado en los mismos medios en los que se haya publicado el llamado por UN (1) día y notificado en forma fehaciente a todas las firmas que hayan retirado el Pliego o lo hayan adquirido en los casos en que el mismo tuviera costo.
ARTICULO 7°.- REQUISITOS FORMALES PARA LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS
.Las ofertas serán redactadas en idioma nacional y se presentarán tantas copias como lo indique el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Estarán contenidas en sobres, cajas o paquetes que deberán encontrarse perfectamente cerrados, identificados con los datos del procedimiento de selección al que correspondan, fecha y hora de apertura y nombre del oferente.